INVESTIGAR LOS SIGUIENTES TEMAS:
1.- ESCUELA DE LOS GLOSADORES
2.- ESCUELA DE LOS ULTRAMONTANI
3.- ESCUELA DE LOS COMENTARISTAS
ENVIARLA AL CORREO iessyaneli@gmail.com ANTES DE LA SIGUIENTE SESIÓN, CON EL TITULO: SISTEMAS JURÍDICOS CONTEMPORÁNEOS- TAREA 1
jueves, 1 de octubre de 2015
domingo, 13 de septiembre de 2015
ANTOLOGÍA (PARTE UNO)
INDICACIÓN: IMPRIMIR EL SIGUIENTE MATERIAL A EFECTO DE ANALIZARLO DURANTE LAS SIGUIENTES SESIONES,
SISTEMAS JURÍDICOS CONTEMPORÁNEOS
NOCIONES GENERALES
-
Derecho comparado.- Es
una disciplina que confronta las semejanzas y diferencias de los diversos
sistemas jurídicos vigentes en el mundo con el propósito de comprender y
mejorar el sistema jurídico de un Estado determinado. Su estudio es necesario
para apreciar tanto las diferencias y las similitudes como los defectos y los aciertos de ese orden,
esto con el fin de perfeccionar las instituciones de un país, y por ende su
sistema jurídico.
-
Sistema.- De
acuerdo con sus raíces griegas, la palabra sistema alude al conjunto de reglas y principios enlazados
entre si, por tanto en un conjunto de elementos complejos, cualitativamente
diversos y relacionados entre si que se rigen por principios generales.
-
Sistema Jurídico.- Para Garcìa Màynez, es el conjunto de normas
jurídicas objetivas que están en vigor en determinado lugar y época, y que el
estado estableció con el objeto de
regular la conducta o el comportamiento humano.
-
Sistema Jurídico Contemporáneo.-
conjunto de leyes, costumbres, razones y jurisprudencia de derecho positivo que
rigen en los diversos países del mundo.
1. CUESTIONES DE TERMINOLOGIA Y
METODO
1.1.
CONCEPTO DE FAMILIA JURIDICA
Los
miembros de una familia se vinculan entre sí por cuanto todos ellos descienden
de los mismos antecesores. Una familia jurídica es por tanto, un conjunto de
sistemas jurídicos que comparten
determinadas características. La ordenación de los sistemas legales en familias
jurídicas no es sino un instrumento de análisis preferente en la medida en que
le proporciona a los juristas un cuadro sinóptico de probada eficacia para el
estudio de los diversos sistemas jurídicos.
1.1.1. FAMILIAS
JURIDICAS CONTEMPORANEAS
Con
el objeto de comparar entre si y analizar los diversos sistemas jurídicos estos
se han agrupado en las siguientes familias:
1.1.2. FAMILIA
ROMANISTICA
(Neorromanista)
la integran los países cuya ciencia jurídica se ha elaborado sobre los
fundamentos del derecho romano y de la tradición germánica, los cuales se
fusionaron en el occidente de Europa a partir del siglo V. En la actualidad es
la familia dominante en Europa Occidental, Centro y Sudamérica, en muchos
países de África y de Asia, e incluso tiene sus enclaves en el mundo del common
law, como Lussiana y Quevec.
1.1.3. FAMILIA
DE COMMON LAW O ANGLOSAJONA
Este
derecho se fue formando por las decisiones judiciales emanadas de los
tribunales reales. Se puede decir que es un derecho eminentemente
jurisprudencial, o sea emanado del poder judicial, o sea emanado del poder
judicial; de ahí la frase judge made law, es decir el juez hizo el derecho, y
lo hace al ir resolviendo las controversias entre los particulares.
Se
puede considerar que la norma del common law es concreta ya que busca dar
solución a un caso particular. Hoy en día es el sistema jurídico vigente en
Gran Bretaña, Irlanda, Estados Unidos de América, Canadá, Australia y nueva
Zelanda, y han ejercido su influencia en muchas naciones de Asia y África.
1.1.4. FAMILIA
DE LOS DERECHOS SOCIALISTAS
El
sistema socialista soviético se implanto en Rusia a raíz de la Revolución
Bolchevique en 1917. Con anterioridad a la Revolución el sistema ruso era de
filiación neoromanista. La familia jurídica socialista es la de más reciente
formación y ocupa un lugar importante al
lado de las familias más famosas: common law y neoromanista. Con el colapso del
sistema socialista soviético desaparece así mismo esta familia jurídica, a si
Rusia se reintegra a la familia neoromanista, en tanto que otras naciones se
reincorporan a la familia mixta y otras al sistema religioso musulmán. La
familia de los sistemas socialistas ha expirado.
1.1.5. FAMILIA
DE LOS SISTEMAS RELIGIOSOS O TRADICIONALES
Estos
sistemas no constituyen una familia como tal, sino que son conjuntos de normas
que regulan en determinados países las relaciones humanas, sea en su totalidad
o bien en algunos aspectos. No existe en semejantes sistemas interés alguno por
los derechos individuales; en ellos el acento se coloca sobre las obligaciones
que pesan sobre el hombre justo. El más importante de estos es el derecho
musulmán.
1.1.6. FAMILIA
MIXTA O HIBRIDA
Sistemas
en los que están presentes elementos que perteneces a dos o más sistemas
distintos. Se hallan en este caso los sistemas que históricamente se han
configurado en virtud de la amalgama de tradiciones legales pertenecientes a
dos o más familias, por ejemplo, el sistema legal de Quevec que tiene
influencia francesa y estadounidense, o el de Sudáfrica, que recoge las tradiciones holandesa e
inglesa.
miércoles, 9 de septiembre de 2015
BIENVENIDA
ESTIMADOS ALUMNOS
A TRAVÉS DEL PRESENTE MEDIO ME PERMITO DARLES LA MÁS CORDIAL DE LAS BIENVENIDAS A ESTE ESPACIO VIRTUAL, EN EL CUAL PODRÁN ACCEDER A INFORMACIÓN DE LA ASIGNATURA CORRESPONDIENTE; ASÍ MISMO LOS EXHORTO A REALIZAR UN USO OBJETIVO DEL MISMO, ESTE ESPACIO QUEDA A SU TOTAL DISPONIBILIDAD A EFECTO DE EMITIR COMENTARIOS, DUDAS Y SUGERENCIAS QUE SURJAN EN RELACIÓN A NUESTRA MATERIA.
SIN MAS POR EL MOMENTO QUEDO A SUS ORDENES PARA FUTURAS OCASIONES.
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"Los seres humanos hacen su propia historia, aunque bajo circunstancias influidas por el pasado".
Karl Marx
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